En esta parte de la guía se explican los pasos para iniciar y completar un proceso de desarrollo e implementación de una regulación o normativa local15, e incentivar así las construcciones sostenibles.

Los objetivos de esta normativa municipal son:

Mitigar el impacto de la actividad constructora, incentivando la construcción de edificaciones sostenibles certificadas;

Generar un mecanismo claro para validar estándares de sostenibilidad de las edificaciones que recibirían incentivos por ser verdes, aplicando medidas eficaces para su verificación; y,

Ofrecer reglas claras para que las constructoras y desarrolladoras puedan acceder a los incentivos otorgados por dichas normativas.

15 Las normativas emitidas por los gobiernos locales o municipalidades o alcaldías varían de nombre de acuerdo con el país. En Perú se denominan ordenanzas, en Colombia y México acuerdo y en Brasil ley municipal.

Con base en la asistencia técnica, que viene siendo ofrecida por IFC a más de veinte municipalidades en la Región Latinoamericana, se han identificado las siguientes etapas para diseñar, aprobar, implementar y monitorear una normativa municipal en edificaciones verdes:

  1. Etapa preparatoria
  2. Definición de la normativa
  3. Aprobación de la normativa
  4. Monitoreo y evaluación de la normativa

1. Etapa Preparatoria

Previa a la elaboración de la normativa, se recomienda que la Municipalidad tome las siguientes acciones:

1.1. Lograr el compromiso al más alto nivel en la Municipalidad

Con el objetivo de asegurar el interés y compromiso del alcalde, se recomienda realizar una presentación ejecutiva sobre los objetivos, alcance, beneficios y compromisos de una normativa para promover edificios verdes, tomando como referencia la presente guía. En seguimiento, se sugiere que la autoridad formalice la incorporación de esta iniciativa a sus planes institucionales y designe un grupo de trabajo técnico para el desarrollo de la iniciativa.

1.2. Conformar un grupo de trabajo técnico

Es de suma importancia conformar un grupo de trabajo integrado por funcionarios trabajando en áreas claves de la Municipalidad, incluyendo perfiles prescriptores para facilitar un proceso continuo, coherente y técnicamente competente.

El grupo de trabajo debe tener un líder, de preferencia una persona que represente la Alta Dirección de la Municipalidad. Será este funcionario quien impulsará y liderará el trabajo del grupo técnico.

El grupo de trabajo deberá ser conformado por representantes de las áreas funcionales responsables de:

El planeamiento u ordenamiento territorial, o la regulación del planeamiento o desarrollo urbano, o lo relacionado a las edificaciones. Por ejemplo: la Secretaría de Planeamiento o la Gerencia de Desarrollo Urbano, o la unidad que se encargue de estos temas dentro del gobierno local.

La emisión de los permisos para construir, como el Área de Licencias a Obras Privadas o la que cumpla esta función.

El área responsable de promover el cuidado del ambiente, más allá del cuidado de parques o jardines, o la recolección de residuos.

La Asesoría jurídica o legal, o alguna otra área orgánica, que emita opinión para una normativa de esta naturaleza, de acuerdo con la organización institucional.

La administración de ingresos o rentas del municipio, como la Secretaría de Hacienda o Rentas, o la que define la viabilidad de dar incentivos financieros.

Se recomienda que participe un regidor o concejal del Consejo o Corporación Municipal, quien participaría como observador en las reuniones de trabajo de dicho grupo de trabajo técnico, para involucrarse en la temática desde su gestación y porque muchas veces esta normativa requiere ser aprobada por esta instancia legislativa.

1.3. Actividades de inducción interna y de sensibilización externa

Se recomienda realizar dos tipos de actividades: a) una inducción interna orientada a los funcionarios municipales; y, b) un taller de sensibilización dirigida a agentes claves del sector de la construcción local (promotores/desarrolladores, gremios, colegios profesionales de arquitectos e ingenieros, academia, vecinos y profesionales independientes):

Estas actividades, presenciales o virtuales pueden tener los siguientes objetivos:

Informar sobre la construcción sostenible y sus beneficios.

Conocer el objetivo, los beneficios y el alcance de la iniciativa.

Desarrollar una hoja de ruta o plan de trabajo para la elaboración de la normativa de promoción, su aprobación e implementación.

Identificar preliminarmente algunos incentivos municipales que se podrían otorgar.

a. Taller de Inducción Interna

Se recomienda que sea conducido por el funcionario que lidera el grupo de trabajo técnico pudiendo ser sus objetivos los siguientes:

Presentar los objetivos, los beneficios y el alcance de la iniciativa para promover las edificaciones sostenibles en su municipio.

Confirmar el compromiso de las áreas municipales representadas en el grupo de trabajo para trabajar conjuntamente.

Informar sobre la construcción sostenible y los incentivos.

Desarrollar una hoja de ruta o plan de trabajo Los resultados de esta actividad deberán ser:

  • Plan de trabajo con hitos claves para desarrollar la normativa que apruebe los incentivos.
  • Cronograma de las siguientes actividades.
  • Propuesta de taller de sensibilización externa (fecha, invitados y ponentes).

Se recomienda realizar dos tipos de actividades dirigida a agentes claves del sector de la construcción local.

b. Taller de Sensibilización Externa

Se recomienda que la actividad esté liderada por el grupo de trabajo formado y se convoque como ponentes expertos invitados a representantes de los Consejos de Construcción Sostenible, expertos en las certificaciones con presencia en el país, funcionarios de otras municipalidades o entidades que hayan implementado normativas con incentivos para la construcción sostenible, y representantes de la cooperación internacional como el IFC del Banco Mundial y su equipo del programa Green Buildings (en el caso de que lo hubiese en el país), entre otros.

Se recomienda invitar a participar a constructores/desarrolladores, gremios empresariales vinculados a la construcción, colegios profesionales de arquitectos e ingenieros, academia y sociedad ligada a las edificaciones y sostenibilidad, vecinos y profesionales independientes.

Los objetivos de esta actividad son:

Dar a conocer los objetivos y el contenido de la iniciativa.

Informar sobre la construcción sostenible, sus beneficios y los posibles incentivos que incluirían en la normativa.

Dar oportunidad para que los participantes puedan opinar y contribuir con su experiencia y punto de vista sobre los posibles incentivos. Los resultados de esta actividad deberían ser:

  • Preselección de los incentivos más viables y atractivos para su jurisdicción; y,
  • Generación de interés por la norma de promoción en el sector local.

La agenda de este taller de sensibilización externa puede estar dividida en dos partes:

Parte 1: Charla informativa

Parte 1: Charla informativa

Incluyendo presentaciones sobre la construcción sostenible, las certificaciones medioambientales, los incentivos y experiencias para promoverlas, la cual podría ser realizada por los funcionarios de la Municipalidad y por profesionales invitados. El contenido se puede crear sobre la base de esta guía y con la aportación de los ponentes invitados.

Parte 2: Grupos de trabajo

Parte 2: Grupos de trabajo

A partir de la información presentada, se pueden realizar trabajos en grupo para identificar y priorizar los incentivos más adecuados: técnicos y/o financieros. Cada grupo presentará sus conclusiones y se recopilarán las propuestas para un análisis posterior por parte del grupo de trabajo técnico municipal.

Se recomienda seleccionar los incentivos más viables y atractivos en la jurisdicción de la Municipalidad dirigidos a proyectos nuevos y edificaciones existentes.

2. Definición de la Normativa

Los temas clave que se deberán definir en el seno del grupo de trabajo técnico para conllevar el buen desarrollo de la normativa son:

Definición del tipo de normativa que se necesitaría desarrollar16.

Cadena de trámites vinculada a la edificación.

Ámbito de aplicación de la normativa.

Incentivos para construcción sostenible.

Mecanismos de verificación.

Medidas de conformidad y sostenibilidad.

16 En el caso Peruano, la normativa necesaria y aplicable para ofrecer incentivos a la construcción a nivel municipal es una ordenanza, la cual es propuesta por el alcalde y es aprobada por el Consejo Municipal.

2.1. Definición del tipo de normativa a emitir para aprobar los incentivos

así como definición de la ruta para su aprobación, la cual en algunos países puede estar en función al tipo de incentivos que se otorgan o el estado y atribuciones que se tienen. Por ejemplo, los incentivos financieros por lo general requieren aprobación del consejo municipal o cabildo. La aprobación de incentivos técnicos puede darse a través de un decreto de Alcaldía (Colombia), si en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) se incluye esa delegación (Ejm. Alcaldía de Bogotá, Decreto 555 del 29 de diciembre del 2021).

2.2 Definición de la cadena de trámites vinculada a la edificación

la cual tiene dos objetivos, el primero permitiría identificar incentivos en la reducción de plazos o costos de los permisos o licencias para aquellos que voluntariamente certifiquen sus proyectos verdes, y el segundo permitiría identificar a qué trámites los documentos derivados de las certificaciones se constituyen como requisitos si se desea recibir los incentivos.

2.3. Ámbito de aplicación de la normativa

i.Ámbito por áreas geográficas definidas

Se debe definir si las edificaciones sostenibles pueden presentarse en todo el municipio o en zonas priorizadas establecidas por la Municipalidad, como urbanizaciones, cuadrantes o calles predeterminadas. Si bien se pueden seleccionar vías con zonificación específica, es posible establecer incentivos con ámbitos de aplicación diferentes, tales como:

Zonas o sectores homogéneos en el que se divide el municipio.

Zonas de tratamiento especial.

Sectores específicos con planes de renovación urbana.

Otras zonas que puedan ser identificadas por la Municipalidad.

Es recomendado que el ámbito de aplicación de los incentivos sea el mayor posible, pudiendo otorgar diferenciados en este, y se ubique en zonas de interés para el desarrollo inmobiliario y así generar un impacto importante.

ii. Ámbito por Tipos de Edificación:

Definir el ámbito de la norma deberá alinearse a los objetivos de desarrollo urbano indicados por la Municipalidad. Se recomienda otorgar los incentivos a todos los proyectos nuevos, en ejecución y existentes en todo el municipio, así como se puede contemplar otorgar incentivos diferenciados por zonificación, tipología de edificaciones o niveles de sostenibilidad alcanzados.

La Municipalidad puede especificar una tipología edificatoria o varias como beneficiarias de los incentivos. Por ejemplo, podría considerarse la tipología de vivienda e incluir también comerciooficinas o industrial, de uso mixto, viviendas sociales, o de preferencia incluir todas. Esta decisión depende de factores como la zonificación del municipio (comercial/residencial/industrial), o la gradualidad con que se desea implementar un programa de edificaciones sostenibles.

iii. Incentivos

Tal como se mencionó anteriormente, los incentivos son mecanismos de éxito demostrados internacionalmente para fomentar el diseño y construcción de edificaciones eficientes. Teniendo en cuenta casos internacionales previamente mencionados, los incentivos aplicados con mayor frecuencia son: Bonificación de altura o beneficios de edificabilidad, flexibilidad de parámetros para construir, celeridad en los permisos para construir y beneficios tributarios.

Con el objetivo de asegurar mayor acogida por parte de los beneficiarios, es recomendable ofrecer una serie de incentivos dirigidos tanto a los constructores/promotores, como a los propietarios/usuarios de las edificaciones. Estos podrán ser de índole técnico y/o financiero y de ser posible ligados a los niveles de eficiencia que alcance el proyecto y el mantenimiento de las medidas de sostenibilidad, también pueden dirigirse a fomentar la sostenibilidad en edificaciones nuevas como existentes, lo más relevante es que cumplan su rol impulsador de edificaciones sostenibles.

2.4. Mecanismos de Verificación

El gobierno municipal deberá asegurarse que tanto los proyectos en diseño, como las edificaciones ya construidas, cumplen con los estándares mínimos requeridos para ser reconocidos como sostenibles y, en función de ello, hacerse acreedores de los incentivos ofrecidos por la normativa. Un mecanismo de verificación eficiente es el uso de las certificaciones para edificios verdes que cumplen con estándares internacionales. De aplicación voluntaria, estas certificaciones ofrecen una validación por parte de un tercero independiente de los estándares de eficiencia que se han debido de cumplir en el diseño y construcción de la edificación.

El beneficio del uso de certificaciones para la Municipalidad incluye:

Validación y auditoría de un tercero independiente.

Facilita la verificación de estándares de sostenibilidad por mecanismos transparentes y supervisados.

No genera costos y trabajos adicionales de verificación para la Municipalidad.

Automáticamente factorizar la actualización de los estándares de construcción sostenible mediante las diferentes versiones que ofrecen las certificaciones.

Se recomienda el uso de las certificaciones para edificios verdes reconocidas y que tengan presencia en el país, por un tema de costos para los desarrolladores o constructores.

a. Tipos de certificaciones:

A nivel mundial existen muchas certificaciones ambientales de edificios; sin embargo, las que tienen mayor presencia en la región latinoamericana son:

i. Certificación EDGE

i. Certificación EDGE

(Excellence in Design for Greater Efficiencies)
Para más información visitar:
www.edgebuilding.com/

ii. Certificación LEED

ii. Certificación LEED

(Leadership in Energy & Environmental Design)
Para más información visitar:
https://www.usgbc.org/leed

iii. Certificación BREEAM

iii. Certificación BREEAM

(Building Research Establishment Environmental Assessment Methodology)
Para más información visitar:
https://www.breeam.com/

Se recomienda que las certificaciones que tengan presencia en el país se describan en un anexo de la normativa municipal que se apruebe.

b. Procesos vinculados a las certificaciones con el propósito de verificación y el otorgamiento de incentivos

Aunque cada certificación de edificaciones verdes tiene sus particularidades, las certificaciones antes mencionadas tienen un proceso similar para conseguir el certificado final, que se puede resumir de la siguiente manera:

Registro del proyecto a certificar:

Registro del proyecto a certificar:

Inscripción del proyecto con la entidad certificadora correspondiente para así iniciar el proceso de certificación.

Auditoría en la fase de diseño:

Auditoría en la fase de diseño:

En esta fase se verifica que el diseño del proyecto cumple con los estándares de eficiencia establecidos según los requisitos de la certificación.

Emisión del certificado en diseño o preliminar:

Emisión del certificado en diseño o preliminar:

Se emite la conformidad de que el diseño del proyecto cumple con los estándares de la certificación.

Auditoría del proyecto construido:

Auditoría del proyecto construido:

Se verifica el cumplimiento de la obra terminada según los requisitos de la certificación.

Emisión del certificado definitivo o final:

Emisión del certificado definitivo o final:

Se emite la conformidad final de que el proyecto construido cumplió con los estándares de la certificación.

Al incluir medidas obligatorias adicionales, se recomienda tener en cuenta:

El beneficio medio ambiental de la misma.

La capacidad de la Municipalidad para verificarla.

Viabilidad económica para ejecutarlas.

Las medidas adicionales no deberían de estipularse con relación a los estándares de eficiencia ya reportados por las certificaciones.

c. Medidas obligatorias adicionales.

Son medidas de sostenibilidad que se incluyen como un requisito adicional a la certificación.

En el caso de Perú, algunas municipalidades optaron por incluir ciertas medidas obligatorias adicionales a las certificaciones como, por ejemplo, la inclusión de techos verdes; el uso de muros traslúcidos; la implementación de contenedores para clasificación de residuos; estacionamiento para bicicletas, entre otros. Estas medidas deberán ser verificadas por la Municipalidad directamente; sin embargo, se debe tener en cuenta el costo de implementar las mismas porque pueden resultar contraproducentes y disminuir los resultados esperados por los incentivos.

Las medidas de conformidad son aquellas que acreditan y constatan que las edificaciones efectivamente cumplen con las condiciones para ser reconocidas como sostenibles.

2.5. Medidas de conformidad

Las medidas de conformidad son aquellas que acreditan y constatan que las edificaciones efectivamente cumplen con las condiciones para ser reconocidas como sostenibles, y que así puedan ser beneficiadas por los incentivos incluidos en la normativa. Estas medidas también se aplican para garantizar el inicio y culminación de la certificación para recibir los incentivos y corroborar el mantenimiento de dichas condiciones a lo largo del tiempo.

Medidas vinculadas al otorgamiento de los permisos de construcción:

a. Para la Aprobación del Anteproyecto<sup>17</sup>

a. Para la Aprobación del Anteproyecto17

Teniendo en cuenta que al presentar un anteproyecto aún no se contaría con un certificado en diseño, o preliminar, que acredite las medidas de sostenibilidad de este, se recomienda solicitar declaraciones juradas18, que deben ser suscritas por el propietario de la futura edificación, así como por el responsable del diseño de la obra, en las cuales se comprometan a cumplir con los compromisos generados y solicitados en la normativa municipal.

b. Solicitud de Licencia de Edificación o Construcción

b. Solicitud de Licencia de Edificación o Construcción

Se recomienda solicitar como parte del expediente de la licencia, o permiso de edificación, la certificación preliminar del proyecto o el documento preliminar otorgado en la etapa de diseño —según cada certificación— mencionada en la normativa municipal.

Una vez se acredite que el diseño del proyecto cumple con las medidas de sostenibilidad, mediante el certificado o documento preliminar, se pueden otorgar los incentivos, en particular los dirigidos a los desarrolladores o constructores.

c. Medidas vinculadas al otorgamiento de la conformidad de obra o constancia de terminación de obra:

c. Medidas vinculadas al otorgamiento de la conformidad de obra o constancia de terminación de obra:

La normativa deberá estipular que el titular de la licencia de edificación está obligado a obtener la certificación final de edificación sostenible como requisito previo para la obtención de la conformidad de obra o el documento que ratifica la conclusión de la obra19. Esta obligatoriedad garantizaría que la edificación fue construida de acuerdo con los parámetros de sostenibilidad que ameritaron el otorgamiento de los incentivos. En particular los incentivos dirigidos a los propietarios o usuarios de este tipo de edificaciones se pueden otorgar una vez la edificación cuente con la certificación final.

d. Medidas vinculadas a la permanencia de la sostenibilidad

Se pueden incorporar en la normativa algunas disposiciones que contribuyan a mantener las condiciones de sostenibilidad, incluyendo:

Reglamento interno de la propiedad

Reglamento interno de la propiedad

Se puede requerir la información y el cuidado de las condiciones de sostenibilidad en el reglamento interno de la propiedad vertical para que los compradores o usuarios de las edificaciones conozcan y se comprometan con el mantenimiento de las medidas de sostenibilidad.

Listado público de edificaciones sostenibles

Listado público de edificaciones sostenibles

Es una buena práctica mencionar a las empresas que construyen las edificaciones sostenibles, así como a aquellas que no cumplen con los compromisos adquiridos en la normativa. En ese sentido, se recomienda que la Municipalidad implemente un registro de los proyectos que se han acogido a los incentivos y que han logrado certificarse, el mismo que podría publicarse en la página web institucional para su difusión.

Supervisión o fiscalización

Supervisión o fiscalización

Se puede incluir la obligación de permitir la visita de control al interior de las edificaciones y unidades inmobiliarias para comprobar que las condiciones de sostenibilidad se mantienen en el edificio verde o la obligatoriedad de informar sus consumos de agua y energía.

Sanción por modificación de edificaciones certificadas

Sanción por modificación de edificaciones certificadas

Se debe evitar que las edificaciones certificadas pierdan dichas características, o que aquellos que adquieren una propiedad certificada efectúen modificaciones que menoscaben la condición sostenible de la edificación. En ese sentido, se pueden aprobar algunas multas o sanciones al constatar que estas modificaciones tuvieron lugar, las que se pueden incluir en este propuesta normativa, o norma, que corresponda, según el orden jurídico de cada país.

17 No en todas las municipalidades y países es obligatorio gestionar la aprobación de un anteproyecto, en algunos casos es opcional o no existe.
18 Una declaración jurada se compone de expresiones verbales o escritas, hechas por una persona, (“el declarante”), acerca de su situación personal, cuya veracidad puede ser asegurada ante una autoridad judicial o administrativa. En el caso Colombiano la declaración jurada se firma ante un notario y podría acompañar la solicitud de licencia de edificación.19 Esta es la autorización que determina la habitabilidad de la edificación, así como la inscripción administrativa de la misma en la entidad pública encargada de los registros públicos o la tranferencia hacia sus comppradores. En países como México también se le conoce como constancia de determinación de obra, en los demás países se deberá identificar un trámite similar.
19 Esta es la autorización que determina la habitabilidad de la edificación, así como la inscripción administrativa de la misma en la entidad pública encargada de los registros públicos o la tranferencia hacia sus comppradores. En países como México también se le conoce como constancia de determinación de obra, en los demás países se deberá identificar un trámite similar.

3. Aprobación de la Normativa

3.1. Socialización interna y externa del proyecto normativo

Una vez que se tenga el proyecto normativo se recomienda realizar una presentación interna, incluyendo a miembros del grupo técnico, así como todas las áreas que emitirán su opinión para la aprobación de la normativa, en particular los responsables de su aplicación. Asimismo, se recomienda realizar una socialización externa, que podría incluir la publicación de la nueva normativa en la página web institucional para recibir comentarios durante por lo menos veinte días. También se podría llevar a cabo una presentación presencial o virtual para recibir comentarios de los actores claves vinculados al sector de la construcción, así como vecinos, y sociedad en general, o cualquier otra modalidad que permita hacer la consulta a los actores vinculados a la temática y ciudadanos. Posteriormente, se puede hacer una matriz de comentarios, respondiendo a cada comentario o aporte recibido, valorando o no su incorporación al texto final del proyecto normativo.

3.2. Informe de sustentación técnico legal

Una vez que se tiene la versión final del proyecto normativo se deberá preparar el informe técnico que lo sustente. El Anexo I ofrece un listado de contenido sugeridos que podrían apoyar la redacción de dicho informe técnico legal. De ser necesario se sugiere hacer una presentación de la propuesta normativa al Consejo Municipal o a alguna comisión de concejales o regidores vinculada al ordenamiento territorial o desarrollo urbano, antes de que la normativa pase a aprobación ante el pleno del Consejo. De acuerdo al marco normativo de cada país, se debe definir si la norma requiere una ratificación de uan municipalidad de mayor jerarquía como una municipalidad metropolitana o provincial o del estado correspondiete.

4. Implementación, Difusión Y Monitoreo

Una vez aprobada la normativa, es importante informar a toda la colectividad sobre los alcances, incentivos y requerimientos aprobados para promover las edificaciones sostenibles y capacitar a los funcionarios y servidores responsables de su implementación en los procesos vinculados a esto, particularmente en las medidas de verificación relacionadas a los trámites asociados a las edificaciones. El Anexo III de esta guía incluye los temas para dicha capacitación. Se recomienda también monitorear los resultados que se van obteniendo con la implementación de esta.

4.1. Difusión

Una vez aprobada la normativa es importante difundir sus alcances. Para lograrlo, se recomienda organizar eventos de difusión en coordinación con Consejos de Construcción Sostenible locales, la cooperación internacional involucradas en temas de sostenibilidad u otros actores claves. Los participantes invitados podrán incluir representantes de los colegios profesionales de ingenieros y arquitectos; representantes locales de gremios vinculados a la construcción; academia (facultades universitarias ligadas a la construcción); promotores/desarrolladores; profesionales independientes, y público interesado en construir o adquirir una edificación verde. También se pueden desarrollar eventos de difusión donde se premie a los promotores pioneros, publicaciones sobre logros en ahorros de agua, energía, CO2, y otros resultados con los edificios certificados y entrevistas con compradores o usuarios de los edificios sostenibles, entre otras opciones.

4.2. Monitoreo

En cuanto empiece a implementarse y se desarrollen edificios sostenibles o verdes, aplicando los incentivos, es muy recomendable establecer un monitoreo de los resultados obtenidos por varias razones:

Conocer y poder publicar los ahorros de agua y energía que están logrando los proyectos certificados y desarrollar equivalentes del impacto de los mismos en el cuidado de ambiente (datos que dispone IFC para EDGE y GBC para LEED, etcétera).

Comprobar que se mantengan los aspectos de sostenibilidad.

Obtener retroalimentación sobre los incentivos, para así comprobar que cumplen con el objetivo deseado.

Determinar si es necesario fortalecer algunos de los procesos, como capacitación a los funcionaros y difusión al público objetivo.

Tener data que le permita a la Municipalidad informar a la población sobre sus esfuerzos en materia medio ambiental o también concursar en premios nacionales e internacionales sobre buenas prácticas gubernamentales.

Identificar oportunidades de mejora a la normativa aprobada.

Desde la entrada en vigor de la normativa se pueden establecer indicadores de ahorro que son arrojados por las certificaciones, los cuales incluyen:

Ahorros en energía (kWh/año).

Ahorros en agua (m3/año).

Ahorros en emisiones de CO2 (kgCO2/año).

m2 de edificios certificados.

Esta data está disponible para los edificios que reciben una certificación EDGE y LEED.

Asimismo, se recomienda que la Municipalidad monitoree la evolución de los siguientes parámetros:

m2 de edificaciones verdes y % en relación con el total de m2 construidos en el municipio.

% de proyectos verdes vs proyectos en general.

Inversión en edificaciones verdes (valor de obra y % en relación con la inversión total).

Tipo de incentivos otorgados y;

Tipos de edificaciones certificadas (vivienda, comercio, industrial, etc.).

Recomendaciones Finales

a. Identificar un/a Campeón/a funcionario de la propuesta:

a. Identificar un/a Campeón/a funcionario de la propuesta:

Es vital contar con un funcionario público que lidere e impulse el trabajo en el seno de la Municipalidad. Encontrar este/a Campeón/a ha probado ser instrumental para poder llevar a buen puerto el desarrollo y aprobación de la normativa.

b. Contar con un equipo técnico comprometido, integrado por funcionarios de las áreas competentes:

b. Contar con un equipo técnico comprometido, integrado por funcionarios de las áreas competentes:

Contar con un equipo de trabajo que ofrezca las diferentes perspectivas competentes dentro de la administración municipal hará más eficiente el proceso y asegurará el buen desarrollo de la normativa.

c. Tener apoyo e interés político (Alcalde y Consejo Municipal):

c. Tener apoyo e interés político (Alcalde y Consejo Municipal):

Contar con el apoyo de la Alta Dirección de la entidad y del más alto funcionario municipal garantizará el liderazgo y la priorización del desarrollo de la normativa. Este apoyo será fundamental para la aprobación de la normativa pore el Consejo Municipal, o la figura que aplique de acuerdo con el país.

d. Sensibilizar, informar y capacitar a los ‘Actores Claves’, en particular a los beneficiarios sobre la construcción sostenible:

d. Sensibilizar, informar y capacitar a los ‘Actores Claves’, en particular a los beneficiarios sobre la construcción sostenible:

Socializar el desarrollo de la normativa con estos actores claves no solo aportará a definir aspectos claves de la normativa, tales como incentivos y área geográfica, sino también conducirá a la buena aplicación y receptividad de esta.

e. Mapear la normativa nacional y local vinculada a la temática:

e. Mapear la normativa nacional y local vinculada a la temática:

Tal y como se indica en el Anexo I, el informe técnico legal de sustento deberá de incluir la normativa de política nacional, regional y local, de ser el caso, en materia de planeamiento urbano y edificaciones en los que se podrá sustentar el desarrollo de la normativa en cuestión. Esta actividad también permite identificar algunas limitaciones o riesgos para aprobar una normativa de esta naturaleza.

f. Seleccionar incentivos atractivos y viables y aplicarlo en áreas que generen impacto:

f. Seleccionar incentivos atractivos y viables y aplicarlo en áreas que generen impacto:

Esta guía provee una lista de posibles incentivos, que podrán ser analizados por el grupo de trabajo, para así tomar la decisión de cuáles pueden ser los más relevantes y tener la mejor receptividad de los constructores y desarrolladores o potenciales beneficiarios.

g. Llevar a cabo un trabajo de difusión interna y externa que incluya varios actores relevantes cuando la normativa sea aprobada:

g. Llevar a cabo un trabajo de difusión interna y externa que incluya varios actores relevantes cuando la normativa sea aprobada:

Para llevar a cabo la difusión de la normativa se recomienda apoyarse en diferentes organizaciones que motivan y apoyan la construcción sostenible, como los Consejos de Construcción Sostenible o las Cámaras de Construcción. Internamente, se debe capacitar a todos los funcionarios y servidores vinculados a los permisos para construir e incentivos aprobados, empezando desde los que dan información y orientación sobre este tipo de trámites, revisores o curadores urbanos, comisiones técnicas de evaluación de permisos para construir, inspectores, verificadores u otros profesionales competentes.

h. Monitorear resultados y mejorar la regulación o normativa de ser necesario:

h. Monitorear resultados y mejorar la regulación o normativa de ser necesario:

Con fines de reporte y comunicación es recomendable monitorear los avances en la aplicación de la normativa, así como los indicadores de impacto que las edificaciones sostenibles estén teniendo en el uso de recursos, principalmente agua, energía y materiales. Con base a esos resultados se pueden proponer mejoras a la normativa vigente, de ser necesario.

Esta guía provee una lista de posibles incentivos, que podrán ser analizados por el grupo de trabajo, para así tomar la decisión de cuáles pueden ser los más relevantes.