Parte 2.2 - Definición de la Normativa
2.2.1. Definición del tipo de normativa a emitir para aprobar los incentivos
así como definición de la ruta para su aprobación, la cual en algunos países puede estar en función al tipo de incentivos que se otorgan o el estado y atribuciones que se tienen. Por ejemplo, los incentivos financieros por lo general requieren aprobación del consejo municipal o cabildo. La aprobación de incentivos técnicos puede darse a través de un decreto de Alcaldía (Colombia), si en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) se incluye esa delegación (Ejm. Alcaldía de Bogotá, Decreto 555 del 29 de diciembre del 2021).
2.2.2 Definición de la cadena de trámites vinculada a la edificación
la cual tiene dos objetivos, el primero permitiría identificar incentivos en la reducción de plazos o costos de los permisos o licencias para aquellos que voluntariamente certifiquen sus proyectos verdes, y el segundo permitiría identificar a qué trámites los documentos derivados de las certificaciones se constituyen como requisitos si se desea recibir los incentivos.
2.2.3. Ámbito de aplicación de la normativa
Es recomendado que el ámbito de aplicación de los incentivos sea el mayor posible, pudiendo otorgar diferenciados en este, y se ubique en zonas de interés para el desarrollo inmobiliario y así generar un impacto importante.
ii. Ámbito por Tipos de Edificación:
Definir el ámbito de la norma deberá alinearse a los objetivos de desarrollo urbano indicados por la Municipalidad. Se recomienda otorgar los incentivos a todos los proyectos nuevos, en ejecución y existentes en todo el municipio, así como se puede contemplar otorgar incentivos diferenciados por zonificación, tipología de edificaciones o niveles de sostenibilidad alcanzados.
La Municipalidad puede especificar una tipología edificatoria o varias como beneficiarias de los incentivos. Por ejemplo, podría considerarse la tipología de vivienda e incluir también comerciooficinas o industrial, de uso mixto, viviendas sociales, o de preferencia incluir todas. Esta decisión depende de factores como la zonificación del municipio (comercial/residencial/industrial), o la gradualidad con que se desea implementar un programa de edificaciones sostenibles.
iii. Incentivos
Tal como se mencionó anteriormente, los incentivos son mecanismos de éxito demostrados internacionalmente para fomentar el diseño y construcción de edificaciones eficientes. Teniendo en cuenta casos internacionales previamente mencionados, los incentivos aplicados con mayor frecuencia son: Bonificación de altura o beneficios de edificabilidad, flexibilidad de parámetros para construir, celeridad en los permisos para construir y beneficios tributarios.
Con el objetivo de asegurar mayor acogida por parte de los beneficiarios, es recomendable ofrecer una serie de incentivos dirigidos tanto a los constructores/promotores, como a los propietarios/usuarios de las edificaciones. Estos podrán ser de índole técnico y/o financiero y de ser posible ligados a los niveles de eficiencia que alcance el proyecto y el mantenimiento de las medidas de sostenibilidad, también pueden dirigirse a fomentar la sostenibilidad en edificaciones nuevas como existentes, lo más relevante es que cumplan su rol impulsador de edificaciones sostenibles.
Se recomienda el uso de las certificaciones para edificios verdes reconocidas y que tengan presencia en el país, por un tema de costos para los desarrolladores o constructores.
Se recomienda que las certificaciones que tengan presencia en el país se describan en un anexo de la normativa municipal que se apruebe.
Al incluir medidas obligatorias adicionales, se recomienda tener en cuenta:
El beneficio medio ambiental de la misma.
La capacidad de la Municipalidad para verificarla.
Viabilidad económica para ejecutarlas.
Las medidas adicionales no deberían de estipularse con relación a los estándares de eficiencia ya reportados por las certificaciones.
c. Medidas obligatorias adicionales.
Son medidas de sostenibilidad que se incluyen como un requisito adicional a la certificación.
En el caso de Perú, algunas municipalidades optaron por incluir ciertas medidas obligatorias adicionales a las certificaciones como, por ejemplo, la inclusión de techos verdes; el uso de muros traslúcidos; la implementación de contenedores para clasificación de residuos; estacionamiento para bicicletas, entre otros. Estas medidas deberán ser verificadas por la Municipalidad directamente; sin embargo, se debe tener en cuenta el costo de implementar las mismas porque pueden resultar contraproducentes y disminuir los resultados esperados por los incentivos.
Las medidas de conformidad son aquellas que acreditan y constatan que las edificaciones efectivamente cumplen con las condiciones para ser reconocidas como sostenibles.
16 En el caso Peruano, la normativa necesaria y aplicable para ofrecer incentivos a la construcción a nivel municipal es una ordenanza, la cual es propuesta por el alcalde y es aprobada por el Consejo Municipal.
17 No en todas las municipalidades y países es obligatorio gestionar la aprobación de un anteproyecto, en algunos casos es opcional o no existe.
18 Una declaración jurada se compone de expresiones verbales o escritas, hechas por una persona, (“el declarante”), acerca de su situación personal, cuya veracidad puede ser asegurada ante una autoridad judicial o administrativa. En el caso Colombiano la declaración jurada se firma ante un notario y podría acompañar la solicitud de licencia de edificación.19 Esta es la autorización que determina la habitabilidad de la edificación, así como la inscripción administrativa de la misma en la entidad pública encargada de los registros públicos o la tranferencia hacia sus comppradores. En países como México también se le conoce como constancia de determinación de obra, en los demás países se deberá identificar un trámite similar.
19 Esta es la autorización que determina la habitabilidad de la edificación, así como la inscripción administrativa de la misma en la entidad pública encargada de los registros públicos o la tranferencia hacia sus comppradores. En países como México también se le conoce como constancia de determinación de obra, en los demás países se deberá identificar un trámite similar.